Tras una discusión y análisis de varias quejas de empresas comerciales por el cobro de un porcentaje sobre depósitos en efectivo por parte de los bancos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió hoy que el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), que se aplica a cantidades mayores a 15 mil pesos, no viola garantías constitucionales.

Aunque el máximo tribunal del país todavía tiene pendiente por analizar diversos puntos de los recursos que promovieron las empresas contra la ley de este tributo, los ministros negaron los primeros dos amparos que se promovieron contra este impuesto vigente desde julio de 2008. Señalaron que ellos únicamente pueden ver los aspectos jurídicos y no lo relacionado a la recaudación de impuestos.

Olga Sánchez Cordero, ponente del proyecto, puntualizó que el IDE no viola los principios de proporcionalidad tributaria en contra de los contribuyentes, pues dicho impuesto recae sobre manifestaciones de riqueza susceptibles de revelar capacidad para contribuir al gasto público.

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